martes, 22 de mayo de 2012

Soldados y Derechos Humanos

Estuardo Zapeta
La pregunta surgió mientras debatíamos el tema de Derechos Humanos “¿Tienen Derechos Humanos los soldados?” preguntó uno de mis estudiantes recientemente a raíz de lo sucedido en Barillas, Huehuetenango. En el grupo invadió un gran silencio. La pregunta surgió mientras debatíamos el tema de Derechos Humanos —es una clase de Antropología Cultural y el tema es inevitable— y las evoluciones de las concepciones de Derechos desde la 1ª. Hasta la 4ª. Generación. “Pero si los soldados heridos por la gente de Barillas eran indígenas...”, irrumpió el mismo estudiante en el silencio del aula y empezó uno de los debates más fructíferos en el análisis del tema. Hubo lados que argumentaban que “soldado y DD. HH.” eran términos que “históricamente” no podían estar en la misma oración y justificaban con eso hasta el asesinato “urgente de los soldados como máquinas de muerte,” –vaya paradoja—y de eso hasta posiciones diametralmente opuestas acerca de la responsabilidad y la legítima defensa de un ente del Estado si es atacado, pero con la sorpresa que con su acción de paz los soldados atacados y heridos lograron evitar un mal mayor. Veloces sobre los teclados de sus tablets empezaron a circular entre mis estudiantes fotos de soldados heridos, de hecho muy mal heridos, imágenes que han circulado ampliamente por Internet. Primero, mi admiración a los soldados atacados en Barillas, tanto por el temple del oficial a cargo, como por la disciplina de cordura ante una crisis de ese tipo que terminó en un “Estado de Sitio,” y con eso se evitó una tragedia impensable. Segundo, una respuesta directa, desde mi particular visión, es que cada soldado, cada policía, cada fiscal, cada juez, antes de ser “agente del Estado” es una Persona Humana (supongo que habrá alguien que al leer Persona Humana pensará que es un error conceptual, pero no, de hecho ese es un concepto fundamental en la Antropología Filosófica, del cual se originan muchos preceptos en materia de Derechos Humanos, por no decir la misma Teoría de los tales). Y en cuanto Persona Humana primero –y luego cualquier “función ejercida”—el soldado, hombre o mujer, es sujeto también de la protección de sus Derechos, no en cuanto su función, sino por su existencia misma. El soldado es ciudadano, y lo más sorprendente: es una ciudadana o ciudadano con más responsabilidades y con menos Derechos. Por ejemplo, el soldado no puede votar, y sólo eso es una violación a un Derecho fundamental. Que si los soldados atacados en Barillas por una horda podrían presentar una denuncia por violación a sus Derechos Humanos, por supuesto que sí. De hecho, creo que deben presentar esa denuncia y elevar el caso a la mismísima Corte Interamericana de Derechos Humanos. Y lo mismo deben hacer los policías de la PNC, los Fiscales, o los Jueces que son atacados por tanto terrorista que hoy se viste de “defensor de los derechos humanos”. Los soldados atacados y heridos en Barillas son indígenas, y si sigo la lógica del Convenio 169, ellos podrían también apelar a este instrumento internacional en cuanto su etnicidad. El de los Derechos Humanos es un excelente campo de batalla. Artículo publicado en el diario guatemalteco Siglo 21, el día martes 22 de mayo 2012.

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