jueves, 10 de febrero de 2011

El Colegio de Abogados y Notarios

Federico Bauer Rodríguez

Es libre la emisión del pensamiento.

Nuestra Constitución Política de la República de Guatemala no es perfecta, porque ella misma contiene contradicciones y otorga privilegios, que anque “constitucionales”, no dejan de ser privilegios.

Esta Carta Magna le otorga presupuesto especial a la Usac, sin exigirle accountability, en cuanto a la eficiencia de ese presupuesto, y le otorga recursos al deporte, sin que estos estén relacionados a la eficacia del mismo, lo cual fomenta la corrupción.

Nuestra Constitución también le otorga poderes monopólicos al Banco de Guatemala y al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, aunque el Artículo 130 se lee: Prohibición de Monopolios. Se prohíben los monopolios y privilegios. El Estado limitará el funcionamiento de las empresas que absorban… El Estado protegerá la economía de mercado e impedirá las asociaciones que tiendan a restringir la libertad del mercado o a perjudicar a los consumidores.

Además en el Artículo 4o. Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos.

Y en el Artículo 35. Libertad de expresión del pensamiento. Es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. Este derecho constitucional no podrá ser restringido… No constituye delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos.

Estos son solo algunos de los artículos que bien interpretados por la Corte de Constitucionalidad pueden ser columnas importantes en la edificación de un Estado de Derecho, pero que mal interpretados pueden utilizarse para continuar con el Estado de privilegios y corrupción en que hoy vivimos.
Permitirles a los trabajadores negociar libremente sus condiciones salariales, permitirles que ellos escojan su proveedor de servicios de salud, permitirles administrar sus ahorros previsionales como hoy ya pueden escoger a su proveedor de servicio telefónico, está en manos de la Corte de Constitucionalidad.

El que un cobarde funcionario lleve a tribunales a una periodista, o que otro funcionario corrupto decida que las críticas de los comunicadores sociales son parte de una “campaña de desprestigio”, son claras violaciones a nuestra Constitución, que han llegado o pueden llegar al más alto organismo constitucional. Es por eso que la elección de magistrados de la Corte de Constitucionalidad es determinante en cuanto al rumbo que nuestra nación tomará este año. Adicionalmente la CC tendrá el tema de quiénes pueden optar al cargo de Presidente en las próximas elecciones.
Nuestra Constitución le otorga al Colegio de Abogados y Notarios la responsabilidad de elegir a un magistrado titular y uno suplente para la Corte de Constitucionalidad, quienes duran en sus cargos cinco años, y que pronto tendrán que trabajar horas extras de cara ante el proceso electoral.

Ante esta realidad, y el hecho que mañana se llevará a cabo la segunda vuelta de la elección de las autoridades del Colegio de Abogados y Notarios, es de vital importancia que sus miembros asistan a votar y voten por la planilla más capaz de llevar a los magistrados honestos y conocedores de nuestra Carta Magna.
De igual importancia es llevar a las personas más fieles a la ética al Tribunal de Honor, ya que el gremio se ha desprestigiado por culpa de su incapacidad de castigar a los miembros que faltan a la ética profesional.

Artículo publicado en el diario guatemalteco "El Periódico", el día jueves 10 de febrero 2011.

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