jueves, 7 de octubre de 2010

En peligro de extinción


La ley de extinción de dominio, empujada por quienes se escudan en la “guerra contra el narcotráfico” para justificar cualquier aberración jurídica, está a punto de pasar en el Congreso. Ese será uno de los puntos más bajos de la actual legislatura, lo que ya es mucho decir. Aunque se intenten esconder tras un falso “celo” contra el crimen organizado, lo que realmente están haciendo es establecer las bases para la extinción de la propiedad privada, no de ese dichoso “dominio” tras el cual intentan esconder la aberración inconstitucional que pretenden aprobar.

JORGE JACOBS A.

Lástima que, como en Guatemala tenemos tan poca “memoria histórica”, dentro de algunos años, cuando suframos las verdaderas consecuencias de las decisiones de los actuales diputados, ya nadie se recordará quiénes fueron. Lo que es peor, como suele suceder ya en la actualidad, pocos entenderán cuál es la raíz del problema que tendremos. Pues para que quede “constancia histórica”, yo por lo menos me declaro en contra de ese proyecto inconstitucional que acabará con la certeza de la propiedad en Guatemala.

Como ya es costumbre, esta, al igual que otras legislaciones similares, se aprueba porque la “comunidad internacional” así lo ordena. El supuesto propósito es combatir al narcotráfico y al crimen organizado. Así lo dicen sus impulsores y desestiman cualquier oposición diciendo que solo se utilizará contra los mafiosos y que los ciudadanos “correctos” no tienen nada que temer porque “quien nada debe nada teme”. Lo ridículo del asunto es que los mismos legisladores, conscientes de la clavada que nos están dando, tienen como punto principal para la aprobación que esta legislación no les aplique a ellos mismos. ¡Qué de al pelo!

Solo para que se dé una idea de lo inconstitucional (aparte de peligrosa) que es esta legislación, le copio uno de sus artículos: “Artículo 6. Presunción Legal. Para los efectos de la presente ley, se presume, salvo prueba en contrario, que los bienes, dinero, productos, frutos o ganancias que hayan sido adquiridos o negociados, en cualquier tiempo, y que estén sometidos o puedan estar sometidos a la acción de extinción de dominio, provienen de las actividades ilícitas o delictivas de que se trate.”

Si a eso le añadimos lo que dice otro artículo que ya cité en una columna anterior, el 2, cuando define lo que según este mamarracho de legislación puede ser una actividad ilícita o delictiva: “toda actividad que no siendo delito o falta, produzca un incremento patrimonial injustificado de cualquier persona individual o jurídica”. Le puedo garantizar que a cualquier persona, indistintamente de qué tan correcta sea, le pueden arrebatar impunemente su propiedad con solo que “alguien” le levante algún falso. La misma legislación establece que aunque un tribunal lo encuentre inocente de los cargos, de todos modos le pueden quitar sus propiedades. Y por si eso fuera poco, las “autoridades” no tienen que demostrar su culpabilidad, sino que usted debe demostrar su inocencia.

Por supuesto que los diputados dirán que eso no sucederá en Guatemala, porque aquí las autoridades son muy correctas y solo se ocuparán en perseguir a los criminales. ¡Sí, como no! Especialmente en un país donde en el Internet está un video en el que se ve cómo unos policías se llevaron una bolsa con dinero durante la balacera en Tikal Futura, con todo y caras y placas, y las “autoridades” se hacen las locas.


Articulo publicado en el diario guatemalteco "Prensa Libre", el día jueves 07 de octubre 2010.

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